El 26 de enero de 2017 se aprobó la Ley Número 4, titulada como Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral, mejor conocida como la Reforma Laboral. Dicha medida legislativa responde a una serie de medidas de austeridad impuestas por el gobierno de Puerto Rico en los últimos años. Por años, la Isla se ha caracterizado por ser la jurisdicción con el trato más favorable hacia los trabajadores. No obstante, los proponentes de la ley han intepretado esa particularidad como un obstaculo al momento de atraer patronos extranjeros. En aras de liberalizar el mercado para incentivar la economía puertorriqueña la Ley busca:
[p]romover la certeza en las relaciones entre los patronos y los empleados al establecer normas más claras para la interpretación de los derechos y obligaciones que surgen de todo contrato de trabajo. También se armoniza nuestra legislación con la legislación similar a nivel federal con el objetivo de tener un marco teórico adecuado con una fuente rica de precedentes judiciales que nos sirva de ayuda al momento de interpretar el alcance y contenido de la legislación local, lo cual puede evitar el inicio de controversias en los tribunales o resolver las existentes de manera acelerada y certera.[1]
De su faz, parecería un intento noble de incentivar el crecimiento económico pues busca, “trastocar las leyes laborales para fortalecer las empresas privadas, de modo que el marco legal facilite los negocios en Puerto Rico”. Sin embargo, algunos auguran que su efecto será mucho más problemático para el futuro de los trabajadores en la Isla.
El contexto de donde surge la Ley es preocupante de por si. Las medidas de austeridad usualmente se implementan con el fin de subsanar deudas insostenibles. Como consecuencia, la cantidad de fondos asignados a derechos de índole socioeconómicos y culturales —como lo es el trabajo— disminuyen, afectando a su vez a los sectores más desventajados. Son varias las personas que entienden que las medidas de austeridad lejos de promover el progreso, “precarizan las condiciones y términos de empleo en la clase trabajadora”. En el escrito “Labor Confronts Austerity: An Introduction”, Ross y Savage exponen: “[w]hile austerity measures may balance budgets, their wider economic effects are troubling: they have deepened the crisis of un(der)employement, depressed economies further, and reinforced already massive inequalities in income and wealth.” Según los autores “[t]here is a direct link between the imposition of austerity measures and attacks on labor rights.”
El ataque a los derechos laborales que señalan Ross y Savage se podría ver reflejado en las medidas impuestas por el proyecto legislativo. En primer lugar se comenzó por derogar la Ley de Cierre del 1 de diciembre de 1989. La misma establecía restricciones de horario en días feriados y domingos. En adición a ello, la Reforma limita el tiempo de lactancia, disminuye el término para reclamar compensación luego del despido de 3 años a 1 año, y elimina el bono de navidad. En casos de despidos injustificados se coloca el peso de la prueba sobre el empleado. Otra medida importante que nace de la Reforma es el periodo de probatoria. Para muchos empleados resulta preocupante que la Ley permita extender el periodo de probatoria de tres a nueve meses. Igualmente, resulta inquietante para los que buscan insertarse en la fuerza laboral el hecho de invertir nueve meses de su tiempo sin garantía de un trabajo fijo al final del periodo de probatorio. Desde otra perspectiva, los patronos también temen que al emplear un periodo de probatoria tan largo, luzcan menos deseables en el mercado. Es por ello que según un artículo publicado en el Nuevo Día, “más de una tercera parte de las empresas contestó que no discriminará entre los nuevos empleados y los existentes” [2] En el mismo artículo, el Señor Oscar Ramos, vicepresidente senior de Marsh Saldaña a cargo de Beneficios a Empleados comentó “[a] veces existe la idea de que si les das la oportunidad a patronos de que eliminen beneficios a sus empleados , los van a preferir y se legisla; pero no necesariamente eso es cierto porque el sector privado necesita competir para atraer a los mejores talentos” [3]
En adición, un artículo más reciente hace referencia al estudio HR Trends 2018, el cual indica que, “[l]as empresas adoptan a medias la reforma laboral”[4]. Según el mismo, “la tendencia entre los patronos que operan en el [P]aís ha sido implementar solo algunos de los cambios que trajo la medida a la regulación laboral”[5]. A pesar de que aproximadamente un 80% modificó el periodo probatorio, fueron pocos los que lo hicieron tal y como dispone la ley[6]. El artículo también indica que hay una tendencia por parte de las compañías hacia la realización, “de encuestas a sus empleados sobre negocios, en las que preguntan cuáles valoran más y cuáles les gustaría tener en el futuro”.[7] Esta adopción híbrida y ajustada a los intereses de los empleados parece indicar una genuina preocupación por parte de los patronos para mantenerse atractivos en el mercado laboral.
Por otra parte, la tendencia ascendente a flexibilizar los horarios y el espacio de trabajo se refleja también en la nueva Ley[8]. Esto parecería ser consonó con un reportaje del “International Labour Organization” titulado, “World Employement and Social Outlook 2015: The Changing Nature of Countries”, el cual sugiere que, “lowering protection for workers does not stimulate job growth.” El estudio da a entender que de ser necesarias las reformas laborales, es menester que los trabajadores participen activamente de ellas[9]. Igualmente, el “New Economics Foundation” ha abogado por semanas más cortas de trabajo, alegando que ello, junto a horas de trabajo más flexibles son favorables para la economía. Además, en su artículo, “10 Reasons For a Shorter Working Week”, el New Economics Foundation dispone que países como Alemania y los Países Bajos tienen semanas de trabajo más cortas y economías tan fuertes como las de Gran Bretaña y Estados Unidos. [10] El objetivo subyacente de estas medidas es crear un ambiente de trabajo favorable y plácido que se refleje en un mejor rendimiento por parte de los empleados. Sin embargo lo que propone la Ley, es poder pactar un abandono al derecho de recibir paga y media por las horas adicionales trabajadas en una jornada laboral de 8 horas.[11] Resulta preocupante que un empleado se vea, en tiempos de crisis económica, obligado a adherirse a un contrato en dónde el patrono es quien crea las condiciones. En relación a esto, es menester señalar que la reforma regula por primera vez el contrato de empleo, el cual solía regirse por disposiciones del Código Civil de Puerto Rico. En relación a lo anteriormente expuesto, el Tribunal Supremo de Puerto Rico, determinó en Orsini García v. Secretario:
Al contrato de trabajo siempre se le ha visualizado como un típico contrato de adhesión. Esto debido a que el patrono es quien unilateralmente elabora las dis- posiciones del contrato, mientras que la Cínica función del empleado es aceptar lo que se le propone porque no tiene la posibilidad de exigir mejores términos. Puesto que se trata de una relación en la que el trabajador es la parte mis débil, el Estado se ha encargado de aprobar una variedad de leyes protectoras del trabajo cuya finalidad es proteger el empleo, regular el contrato de trabajo y asegurar la salud y seguridad del empleado.
Resulta interesante ver el transcurso de su implementación para observar si prospera o efectivamente cumple los augurios de ciertos economistas que advierten un peligroso porvenir. Por su parte, Joseph Stiglitz, quien ostenta el premio Nobel de Economía 2001, ha manifestado que las medidas de austeridad en Puerto Rico son draconianas, y que la respuesta ante el caos es la restructuración de la deuda.[12] A Stiglitz se le suma el economista puertorriqueño José Caraballo Cueto, quien asegura que la austeridad, “lejos de solucionar los problemas, los agravará.” Además, de acuerdo al economista puertorriqueño, el reducirle las trabas a la contratación responde a una visión ortodoxa que contrasta con una heterodoxa que busca estimular ventas para generar empleos. Según el, de nada sirve crear más incentivos para aumentar la jornada laboral cuando el presupuesto de los consumidores se mantiene igual[13].
Ciertamente, la Reforma Laboral va mas allá de lo plasmado textualmente en la Ley. La medida, supone ser un ente de cambio que trastoca nuestra economía y la empuja a un mercado abierto. Sin embargo, algunos científicos sociales especializados en el estudio de las pugnas dentro del mundo laboral afirman que, “austerity, as it is currently constructed is not an economic necessity but rather a political choice that reflects the class power held by capital and its representatives to shape the world to their own benefit”[14]. Las repercusiones de la Reforma Laboral todavía estan por verse. El tiempo dirá si en efecto la misma fue estructurada para repsonder a unos intereses sociopolíticos particulares o si en realidad cumplió con el objetivo de fortalecer la economía local.
[1] Exposición de Motivos, Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral, Ley Núm. 4 de 26 de enero de 2017, 2017 LPR 9.
[2] Marian Diaz, Patronos Buscan Mantenerse Competitivos Pese la Crisis, endi, (27 de junio de 2018),https://www.elnuevodia.com/negocios/empresas/nota/patronosbuscanmantenersecompetitivospesealacrisis-2431185/ (Falta la fecha de última visita).
[3] Id.
[4] Rut N. Tellado Domenech, Las empresas adoptan a medias la reforma laboral, EL NUEVO DÍA (24 de diciembre de 2018), https://www.elnuevodia.com/negocios/empresas/nota/lasempresasadoptanamediaslareformalaboral-2467257/
[5] Id.
[6] Id.
[7] Id.
[8] Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral, Ley Núm 4 de 26 de enero de 2017 art 3.3.
[9] ILO Newsroom, Cutting Back Workers’ Protection Does Not Lead to Stronger Growth, INTERNATIONAL LABOUR ORGANIZATION (20 de julio de 2015), https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_383849/lang--en/index.htm (última visita 8 de octubre de 2018).
[10] Anna Coote, 10 Reasons for a Shorter Working Week, NEW ECONOMICS FOUNDATION ( 29 de julio de 2014)https://neweconomics.org/2014/07/10-reasons-for-a-shorter-working-week (última visita 10 de octubre de 2018).
[11] Emmalind García García, El legado e implicaciones de la reforma laboral, 86 Rev. Jur. U.P.R. 1087, 1114 (2017).
[12] Ricardo Cortes Chico, Stiglitz describe el planfiscal como draconiano, EL NUEVO DÍA (14 de octubre de 2018).
https://www.elnuevodia.com/negocios/economia/nota/stiglitzdescribeelplanfiscalcomodraconiano-2308337/
[13] Dr. José javier Colón Morera entrevista a José Caraballo Cueto. Hilando Fino: La cración de empleos y la reforma laboral. (17 de enero de 2017), http://www.wrtu.pr/2017/01/17/podcast-hilando-fino-la-creacion-de-empleos-y-la-reforma-laboral/
[14] Stephanie Ross and Larry Savage, Labor Confronts Austerity: An Introduction, 39 Lab. Stud. J. 5, 6 (2014).